¡¡¡¡ALERTA!!!!
1º El 12 de Abrilde 2013 se Instaló en el Ministerio del PoderPopular Trabajo la mesa negociadora para ser discutida con los siguientesentes: MPPS, IPASME y IVSS.
2º El 26 de Abril de 2013 nose discutió ninguna cláusula porque el MPPS solicito aplazar 2 semanas ladiscusión ya que había nueva ministra desalud. LA PROCURADURÍA GENERAL DE LAREPUBLICA expone: “exhorto a los miembros de la comisiónnegociadoras que deberán atender los lineamientos técnicos y financieros parala negociación de convenciones colectivas del sector público, en concordanciacon lo previsto en los artículos 447 de LOTTT Y 160 DEL reglamento de laLOT...”
3º El 15 de Mayo 2013 sediscute algunas de sus Definiciones dela Cláusula Nº 1 y LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA vuelve a exponer: “exhorto a los miembros de la comisión negociadoras que deberán atenderlos lineamientos técnicos y financieros para la negociación de convencionescolectivas del sector público, en concordancia con lo previsto en los artículos447 de LOTTT Y 160 DEL reglamento de la LOT…”
4º El 22de Mayo de 2013 discuten algunas de las DEFINICIONES DE LA CLÁUSULANº 1, CLÁUSULA Nº 2 RECONOCIMIENTO, CLÁUSULA Nº 3. ÁMBITO DE APLICABILIDAD, CLÁUSULA Nº 4. COMISIÓN DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, CLÁUSULA Nº 5.COMISIÓN DE TRABAJO PARA EL NUEVO SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD, y laCLÁUSULA Nº 7 MATERIA NO PREVISTA y LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA vuelve a exponer: “exhorto a los miembros de la comisiónnegociadoras que deberán atender los lineamientos técnicos y financieros parala negociación de convenciones colectivas del sector público, en concordanciacon lo previsto en los artículos 447 de LOTTT Y 160 DEL reglamento de laLOT…”
MOTIVOS PORQUE FENASIRTRASALUD NO QUIEREN QUE ESTÉN PRESENTES EN LA DISCUSIÓN LOS SINDICATOS DE BASE:ALGUNAS CLÁUSULAS PASADAS POR ALTO Y OTRASFUERON ELIMINADAS
¡¡ALERTAMOS YA COMENZÓ LA TRAMPA!! VER ACTA DEL 22/05/2013
Cláusula Nº 6. Clasificación y Ampliación de Series de Cargos: La parte Empleadora conformará una comisión conjunta, quince díasdespués de la aprobación de la presente convención colectiva, con tres (3) representantes principales, deFENASIRTRASALUD y sus Sindicatos de Base afiliados con sus respectivossuplentes, a fin de proponer programas yprocedimientos ante el Ministerio de Planificación y Desarrollo, paraactualizar la clasificación y ampliación de las series de cargos de losobreros, empleados, profesionales, técnicos y personal de apoyo, asistencial yadministrativo de acuerdo al Manual Descriptivo de Clases de Cargos vigente. (CLÁUSULA IMPORTANTE PASADA PORALTO, NO FUE DISCUTIDA)
Cláusula Nº 8 Cancelación de Beneficios Económicos:la Parte Empleadora, acuerdan que para lacancelación de los beneficios económicos de los Trabajadores fijos,contratados, suplentes, jubilados, pensionados y sobrevivientes de todos losorganismos adscritos al Sector Salud, amparados por la presente Convención ypara sus familiares calificados, se establece como de pago la moneda de cursolegal (Bolívares). (ELIMINADA ¿POR QUÉ?)
Cláusula Nº 9 Protección Social para losTrabajadores: Las Partes acuerdan conceder a todos lostrabajadores (as) amparados en el presente Contrato Colectivo que seanseparados de manera indebida de sus cargos el Reenganche Inmediato a susLabores. Parágrafo Único: De no cumplir con lo establecido en la presentecláusula el empleador cancelará una Multa equivalente NUEVE MIL (9.000,00)BOLÍVARES, que pasarán a manos del trabajador en un lapso no mayor a Treinta(30) Días continuos. (CLÁUSULA QUEBRINDA ESTABILIDAD LABORAL ELIMINADA ¿POR QUÉ?)
OJO CONESTO SOBRE LO ALERTA EN ACTAS LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA en las 3 últimas discusiones, en actas insiste en los artículos 447 de LOTTT Y 160 DEL reglamento de la LOT...”quedicen: Artículo 447. “Cuando en virtud de una convención colectiva detrabajo se llegue a acuerdos que envuelvan erogaciones del sector público noprevistas en el presupuesto vigente, seentenderá que los incrementos acordados se harán efectivos en el próximoejercicio fiscal,…” y el Artículo 160. “Celebración de laconvención colectiva. El ente empleadorno podrá suscribir la convención colectiva hasta disponer del informe emitido por el Ministerio de Planificación yDesarrollo, donde conste que el compromiso que se pretende asumir no excedelos límites técnicos y financieros establecidos por el Ejecutivo Nacional,…”
¿QUE SIGNIFICA LA INSISTENCIA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA?
SIMPLEMENTE QUE TODO ES UN GRAN ENGAÑO,YA QUE AL TERMINAR DE DISCUTIRSE NO SE APLICARAN LOS BENEFICIOS ESTE MISMO AÑO, SINO QUE SERA HASTA EL AÑO 2014 CUANDO SE CUENTE CON PRESUPUESTO YESTUDIO ECONÓMICO.
POR TAL MOTIVO:
INVITAMOS A TODOS A MARCHAR ESTE JUEVES 30 DE MAYO
PARA EXIGIR INCLUSIÓN DE LOS SINDICATOS DE BASE EN LADISCUSIÓN DE ESTA NORMATIVA LABORAL.
Estos beneficios se deben discutirse dela cara a los trabajadores, de la cara a dirigentes probos, y no con patronos burócratascomo se está haciendo.
Concentración del sector salud: plazaMorelos estación del metro Bellas Artes Hora: 8:00 am
Anexamos volante para ser distribuidoen todo el país a los trabajadores del sector salud
TRAIGAN PANCARTAS PARA EL DÍA 30/05/2013
CON LASSIGUIENTES SOLICITUDES:
SINDICATOS DE BASE DEL SECTOR SALUDAFILIADOS A LA “UNETE”
EXIGIMOS LA INCLUSIÓN A LA DISCUSIÓN DE CONVENCIÓNCOLECTIVA YA
ACTUALIZACIÓN DE LA ESCALASALARIAR YA
AUMENTO SALARIAL DE UN 70% YA
BASTA DE LA ESTRANGULACIÓN AL BOLSILLODEL TRABAJADOR
BASTA DE DESPIDOS INJUSTIFICADOS
REENGANCHE YA A LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIASDESPEDIDOS.